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ACUERDO No. 23

En la Asamblea General de la Asociación Bancaria de Panamá, efectuada el miércoles 21 de septiembre de 1988, que contó con el quórum reglamentario, fue aprobado el Acuerdo Interbancario No. 23, cuyo texto se expone a continuación.

"LOS BANCOS acuerdan aceptar que el pago de los saldos de la compensación menores de diez mil balboas (B/.10,000) se haga por medio de giros bancarios contra Bancos en los Estados Unidos de América, o por medio de otras formas de pago establecidas bilateralmente de común acuerdo entre Bancos. Estos giros deberán ser entregados en sobre separado en la fecha de pago en el canje diario de la Cámara de Compensación.

Agradecemos dar plena vigencia y cumplimiento al Acuerdo a partir del lunes 10 de octubre de 1988.

 

 

 

 

 

 
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