ACUERDO
No. 23
En
la Asamblea General de la Asociación Bancaria de
Panamá, efectuada el miércoles 21 de septiembre
de 1988, que contó con el quórum reglamentario,
fue aprobado el Acuerdo Interbancario No. 23, cuyo texto
se expone a continuación.
"LOS
BANCOS acuerdan aceptar que el pago de los saldos de la
compensación menores de diez mil balboas (B/.10,000)
se haga por medio de giros bancarios contra Bancos en los
Estados Unidos de América, o por medio de otras formas
de pago establecidas bilateralmente de común acuerdo
entre Bancos. Estos giros deberán ser entregados
en sobre separado en la fecha de pago en el canje diario
de la Cámara de Compensación.
Agradecemos
dar plena vigencia y cumplimiento al Acuerdo a partir del
lunes 10 de octubre de 1988.