|
||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
ACUERDO No. 31 ANEXO No.1 FACILIDADES DE CRÉDITO: Cualquier transacción que involucra el otorgamiento de crédito por parte del Banco. LINEAS DE CRÉDITO: Facilidades crediticias rotativas puestas a disposición del cliente hasta una suma determinada y por un período estipulado. SOBREGIROS: Cuentas corrientes deudoras. DESCUENTOS DE LETRAS: Son anticipos otorgados por el Banco sobre Letras de Cambio con vencimientos futuros. PIGNORACIÓN DE MERCANCÍA: Anticipos otorgados con garantía de inventarios de mercancía. LÍNEAS DE ADELANTOS: Son líneas de crédito para: Sobregiro o cubrir sobregiros. Descuentos de Letras. Pignoración de mercancía. PRÉSTAMOS PERSONALES: Créditos otorgados a personas naturales, generalmente para consumo, a corto, mediano o largo plazo con pagos periódicos o al vencimiento. PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS: Créditos otorgados a personas naturales o jurídicas con garantía de bien inmueble (residencial o comercial) o con garantía de bien mueble. TARJETAS DE CRÉDITO: Crédito otorgado a personas naturales o jurídicas, en forma rotativa, con pagos periódicos y hasta por un determinado monto o por cuantía indeterminada, mediante el pago a los terceros que presenten sus facturas firmadas, adelantos en efectivo u otros servicios. CARTAS
DE CRÉDITO: Carta o aviso a un Banco, a su agente o
corresponsal, solicitando que una suma de dinero sea entregada a la
persona o compañía mencionada en la carta, siempre y
cuando las condiciones en dicha carta sean cumplidas. CUENTAS CORRIENTES: Fondos depositados que pueden ser retirados a requerimiento del cliente. CUENTAS DE AHORRO: Son depósitos que devengan intereses determinados por la Ley y que operan mediante el uso de una libreta, estado de cuenta u otro registro. CIFRAS: En las informaciones se indicará la cantidad de cifras y si éstas son bajas, medianas o altas. Las cifras deben tener el significado siguiente: Cantidades que comiencen con los números 1, 2 ó 3: CIFRAS BAJAS. Cantidades que comiencen con los números 4, 5 ó 6: CIFRAS MEDIANAS. Cantidades que comiencen con los números 7, 8 ó 9: CIFRAS ALTAS. Las cantidades menores de cien balboas (B/.100.00) se consideran saldos nominales. Panamá, veintidós de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro. |
||
|
© Mejor Visto en Resolución de 800
x 600 © 2003 - Asociación Bancaria de Panamá - Todos
los Derechos Reservados
|
||